¿Cómo los colaboradores pagan impuestos?

Dentro de la cultura popular mexicana siempre ha existido un tema que es tomado entre bromas pero siempre con una verdad oculta que no sale a relucir: el SAT, los impuestos y el desconocimiento sobre como se pagan. Sumado a esto, quizá alguna ves cuando comenzaste a trabajar te preguntaste: ¿Cómo pago impuestos siendo colaborador? En este pequeño artículo respondemos esta pregunta para quienes aún no lo saben y quienes lo saben… pero no les queda claro.

Respuesta rapida: sí, todo colaborador paga impuestos.

Porque es lo cierto, cualquier colaborador de una empresa va a pagar impuestos, solamente que de manera un tanto indirecta con respecto a la implicación que el colaborador tiene.

Te estarás preguntando entonces “Oye, si soy godín, ¿y cómo debo pagar mis impuestos, tengo que declararle al SAT, ir a sus oficinas y darme de alta?” En este caso como “godin” o colaborador en alguna empresa no es tu obligación tener que hacer una declararación de impuestos, pero esto no nos libra de pagarlos.

Es importante tener que aclarar que cuando una persona trabaja como colaborador, como godin, como empleado, como asalariado pues, nos encontramos entonces en el “Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios”, esto significa que tú, como una persona que recibe un sueldo, estás obligado a registrarte al SAT para obtener tu RFC, ser registrado a este régimen y tener una retención por parte de tu patrón para pago de un impuesto.

No te preocupes porque en la mayoría de casos tú no te tienes que dar de alta este régimen, pues cuando nosotros como colaboradores hacemos la entrega de toda nuestra papelería para incorporarnos a una empresa, en especifico cuando entregamos el RFC, es nuestro patrón o la empresa para la que laboramos quienes nos dan de alta.

¿Cómo pago impuestos entonces?

En cada nomina, quincena con quincena, y mes a mes, o de la manera en que la empresa donde laboras te paga, tú como colaborador por ahí tendrías que ver en tu recibo de nomina que se te está deduciendo algo llamado ISR (osea Impuesto Sobre la Renta).

Este es un impuesto que pagamos en general todas las personas que generamos ingresos, el patrón o la empresa donde trabajas te retiene un porcentaje de tu sueldo bruto, pero ojo, no significa que se lo van a quedar, lo que en realidad pasa es que tu empresa le va a pagar ese dinero al SAT, osea en este caso tu patron estaria cumpliendo las funciones de intermediario entre tú y el SAT para pago de impuestos.

En este caso tu como “godin” no tienes que hacer nada respecto a los impuestos, porque tu patron en este caso se encarga de ese trabajo. A menos que tengas la obligación de presentar tu declaración anual. Como dato curioso, si tuviste deducciones personales, y presentas tu declaración anual, puedes lograr que el sat te regrese dinero. O sea, parte de estos mismos impuestos que hablabamos que te retenía tu patron.

¿Quién tiene que hacer declaración anual de asalariados?

Hay asalariados que deben de presentar su declaración anual por entrar en alguna de estas siguientes situaciones:

  1. Si obtuviste ingresos en 2023 mayores a los $400,000 pesos (recuerda que esos son brutos, osea antes de impuestos.)
  2. Si obtuviste otros ingresos, como arrendamiento, plataformas digitales, etc.
  3. Si le avisaste a tu patron que no te hiciera el ajuste anual, porque tu ibas a presentar tu declaración anual de asalariado.
  4. Si el año pasado tuviste 2 o más patrones, no importa si fueron al mismo tiempo o en diferente.
  5. Si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre.
  6. Si obtuviste ingresos por pensión, jubilación, liquidacion o alguna otra indemnización laboral.

Mientras que si tu situación es una de las siguientes no debes de presentar una declaración anual:

  1. Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
  2. Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 de Instituciones que componen el Sistema Financiero.

Conclusión

El pago de impuestos puede parecer confuso, pero la realidad es que todos los empleados están sujetos a este deber fiscal.

Bajo el régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios, los colaboradores no tienen la responsabilidad directa de declarar impuestos, ya que sus empleadores retienen el ISR de sus salarios y lo transfieren al SAT.

Sin embargo, algunas situaciones pueden requerir que los asalariados presenten una declaración anual, como tener ingresos superiores a cierto umbral o haber tenido múltiples empleadores en un año. ¡Ojo si estás en una de estas situaciones!

Recuerda, aunque el proceso puede parecer complicado, los colaboradores pueden confiar la responsabilidad a sus empleadores para gestionar la retención y transferencia de impuestos, y solo necesitan tomar medidas adicionales en situaciones específicas.

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